
MARIO ALBERTO LONGORIA GÓMEZ
Sin necesidad de hacer mucha historia, observamos que en algún tiempo la convivencia social era muy diferente a la actual. Por decirlo de alguna manera, las personas aplicaban la ley del talión, ojo por ojo y diente por diente. Afortunadamente, el mundo ha cambiado; hemos actualizado en gran medida nuestras formas de relacionarnos con nuestros semejantes y toda sociedad que se jacte de ser democrática se encuentra dentro de un Estado de derecho.
Un régimen jurídico en donde prevalecen las leyes por encima de los intereses personales, que cuenta con una carta magna que conocemos como la Constitución Política, es un marco legal idóneo que da vida a la nación mexicana, a nuestro querido país, conformado por una República representativa, democrática, federal y laica.
Dentro del espectro jurídico nacional se encuentran precisamente los poderes constituidos, es decir, los poderes de la Unión. Uno de ellos, el Poder Legislativo, es el órgano encargado de hacer las leyes por medio de los diputados y senadores que conforman cada una de las cámaras.
El Poder Legislativo en México se conforma —dice la propia Constitución— por una Cámara de Senadores y por una de Diputados. En ese tenor, los senadores representan a cada una de las entidades federativas del país y los diputados representan a la ciudadanía. Nuestra ley suprema establece que el pueblo tiene el inalienable derecho de cambiar su forma de gobierno, y que la soberanía reside originariamente en el pueblo; sin embargo, solamente por medio de la representación popular es que se pueden hacer las modificaciones a las leyes que hoy nos rigen.
Además de la Constitución Política, tenemos leyes reglamentarias que explican algún artículo de la Constitución y lo amplían; también existen las leyes secundarias.
Las cámaras tienen sus facultades delimitadas: una es la de origen y la otra la revisora. En ciertos temas, como el de impuestos, siempre será la Cámara de Diputados la cámara de origen, y en tratándose de temas de política exterior, las facultades de origen recaen en la Cámara de Senadores.
En cada una de las entidades federativas existen congresos de los estados, conformados por diputados locales, que también se encargan de elaborar las leyes para el régimen interior de cada uno de los estados. Estas siempre deberán estar acordes con la Constitución Política mexicana y con las leyes que de ella emanen.
Podemos mencionar que en los cabildos municipales también se encuentra una facultad legislativa de los regidores cuando se elaboran reglamentos municipales, pero estos deberán estar siempre aprobados por el congreso del estado respectivo.
Todo este andamiaje constitucional y legal permite que ya no vivamos como en épocas históricas; por el contrario, da la pauta para que la ciudadanía se encuentre legalmente representada y con pleno uso de sus derechos y garantías individuales.
Por esta ocasión es todo, nos vemos en la próxima Dios mediante. Mi correo: mariolongoria55@hotmail.com para cualquier duda o aclaración.
Mario Longoria Gómez escribe esta columna desde el año 2000. Es Licenciado en Derecho, con maestría en Administración Pública.





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