Con información de Animal Política

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desestimó este fin de semana los recursos legales presentados por activistas para establecer acciones afirmativas que aseguren la representación de poblaciones vulnerables, incluidas las de la diversidad sexual, en el proceso de elección judicial.

Con una votación de cuatro a uno, los magistrados Mónica Soto, Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña aprobaron el proyecto que determinó que las autoridades no están obligadas a implementar medidas afirmativas en este proceso. La magistrada Janine Otálora votó en contra.

El fallo se basa en que, según los magistrados, la Constitución no establece un mandato expreso para aplicar estas medidas en la elección de juzgadores federales, a diferencia de los procesos para los Poderes Ejecutivo y Legislativo, que se rigen por una lógica de representación ciudadana.

Organizaciones como México Igualitario y Justicia Afirmativa consideran que la resolución contradice la jurisprudencia 1/2024 del propio TEPJF, que establece la obligación de garantizar la igualdad de derechos político-electorales de grupos en situación de discriminación.

“Los argumentos que utilizamos no son nuevos; son los mismos que el Tribunal ha aplicado para justificar acciones afirmativas en otros contextos”, señaló Honorio Josué Nava, uno de los activistas promotores de los recursos legales.

Los activistas denuncian que la falta de acciones afirmativas perpetúa la exclusión de grupos vulnerables, como personas LGBT+, indígenas, afromexicanas y con discapacidad, de los procesos de toma de decisiones en el ámbito judicial.

Los recursos rechazados incluían denuncias contra el INE, el Congreso de la Unión y el Senado por omisiones legislativas y administrativas. Además, se cuestiona que las leyes impulsadas recientemente por el gobierno federal tampoco contemplen mecanismos para promover la inclusión en este proceso.

Organizaciones civiles advierten que el TEPJF adoptó una interpretación restrictiva del marco de derechos humanos al argumentar que no todas las obligaciones del Estado deben estar explícitas en la Constitución. También lamentan que el fallo desconozca precedentes en favor de la igualdad y la no discriminación.

A pesar de esta resolución, los promotores de las medidas afirmativas señalan que continuarán luchando por una mayor inclusión en todos los niveles del sistema electoral y judicial del país.

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